Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica
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¿En que consiste el procedimiento?
 
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía y la Dirección General del Catastro han suscrito un convenio de colaboración mediante el cual, a través de la estandarización de procesos y las garantías de un trabajo profesional, se simplifica y agiliza la tramitación de la subsanación catastral regulada en el art. 18.1 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Para ello, ponemos a su disposición profesionales especializados en catastro y propiedad inmobiliaria, lo que unido al manejo de técnicas de captura precisa de datos topográficos, les convierten en los profesionales idóneos para el mantenimiento y la subsanación de la cartografía catastral.

¿Por qué contiene errores la cartografía catastral?
 
Debido a las variadas fuentes de procedencia del dato catastral, la cartografía catastral puede presentar básicamente imprecisiones de dos tipos:
  • Errores debidos a una mala interpretación de la apariencia física, generalmente a partir de una imagen aérea.
  • Diferencias entre catastro y realidad debidas a la escala a la que se ha realizado el plano catastral.

¿Qué plazos de resolución puedo esperar?

Este convenio de colaboración pretende, en los casos en los que no haya conflicto con el colindante sobre la delimitación de la propiedad, constituirse como una vía rápida de dotar a la cartografía catastral de la precisión requerida para su acceso al tráfico inmobiliario en las mejores condiciones. En estos casos, aportando al procedimiento la conformidad del colindante, salvo incidencias sobrevenidas el expediente catastral estará tramitado en 5 semanas.
Para otras situaciones, consulte con su profesional de referencia.

Marco Legal

¿Con quién puedo contactar?

Utilice nuestra guía para contactar con su profesional de referencia.
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